Documentación de extranjeros comunitarios

Documentación de extranjeros comunitarios

Los estudiantes miembros de la Unión Europea que vayan a permanecer más de tres meses en España, deben obtener un Certificado de registro de ciudadano de la Unión.

Los ciudadanos miembros de la Unión Europea (Alemania, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia) o de Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, tienen derecho a la libre circulación y residencia en España.

Cualquier comunitario que venga de otro país europeo, por un período de tiempo superior a tres meses, por ejemplo, que sea residente por estudios o trabajo, tiene la obligación de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros obteniendo así el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.

La documentación que deberá aportar es la relacionada con demostrar que dispone de medios económicos de subsistencia y un seguro médico. Podrá ser toda esta documentación relativa a su país de origen. No tendrá que contratar un seguro en España, sólo demostrar que tiene un seguro en su país, y que éste tenga cobertura en España. Al igual que, si presenta una cuenta corriente, puede ser de su país. Y deberá presentar el pasaporte o el documento nacional de identidad de su país.

Esta gestión deberá realizarla en la Oficina de Extranjeros de Sevilla,