El Número de Identidad de Extranjero (NIE)
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial. Habrá situaciones en los que el extranjero necesite abrir una cuenta corriente en una entidad bancaria, o bien, contratar un servicio o producto. En estos casos, la obtención de este documento les será de utilidad, cuando no tengan una tarjeta o documento en el que venga su número NIE.
El número personal será el identificador del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.
Para la asignación del citado número deberán aportar los siguientes documentos:
- Impreso-solicitud normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
- Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
Este documento se obtendrá en la Jefatura de Policía de la calle Blas Infante, nº 2 de Sevilla.
Documentación de extranjeros comunitarios
Los estudiantes miembros de la Unión Europea que vayan a permanecer más de tres meses en España, deben obtener un Certificado de registro de ciudadano de la Unión.
Los ciudadanos miembros de la Unión Europea (Alemania, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia) o de Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, tienen derecho a la libre circulación y residencia en España.
Cualquier comunitario que venga de otro país europeo, por un período de tiempo superior a tres meses, por ejemplo, que sea residente por estudios o trabajo, tiene la obligación de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros obteniendo así el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.
La documentación que deberá aportar es la relacionada con demostrar que dispone de medios económicos de subsistencia y un seguro médico. Podrá ser toda esta documentación relativa a su país de origen. No tendrá que contratar un seguro en España, sólo demostrar que tiene un seguro en su país, y que éste tenga cobertura en España. Al igual que, si presenta una cuenta corriente, puede ser de su país. Y deberá presentar el pasaporte o el documento nacional de identidad de su país.
Esta gestión deberá realizarla en la Oficina de Extranjeros de Sevilla,
Documentación de extranjeros extracomunitarios
Cómo solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero
Si eres extranjero/a extracomunitario/a recién llegado a España, y piensas estar por un periodo superior a seis meses para realizar tus estudios, dispones de 30 días, desde el día de tu llegada, para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjeros de Sevilla.
El primer paso que hay que dar, es pedir una cita en la Oficina de Extranjeros para poner la huella digital. El día de la cita se debe aportar la siguiente documentación:
- Impreso oficial de solicitud cumplimentado. (Modelo EX-00)
- Fotocopia del pasaporte.
- Documento vinculante con la Universidad de Sevilla. Ya sea, la matrícula, una carta de admisión o algún documento que informe de la relación que le va a mantener con la Universidad.
- Una fotografía de tamaño carné con fondo blanco, a color y actualizada.
- Entregar la tasa abonada en cualquier entidad bancaria. (Marcar la casilla que indica “TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos”.)
Familiares de estudiantes:
- Toda la documentación del estudiante
- Certificación de matrimonio (cónyuge).
- Libro de familia
NOTA: Nuestra oficina puede proporcionar cita de grupo de extranjeros para poner las huellas.
Cómo renovar la tarjeta de identidad de extranjero
Para solicitar la prórroga de Autorización de Estancia por Estudios e Investigación, podrás hacerlo a través de nuestra oficina del SACU, desde 60 días antes de su caducidad.
La Oficina de Extranjería de Sevilla y el Programa de Atención a estudiantes Extranjeros del Vicerroctorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación de la Universidad de Sevilla, acuerdan conjuntamente, hacer uso de la Aplicación de Registro Electrónico para la tramitación de solicitudes de estancia y residencia. El Programa de Atención a estudiantes Extranjeros del Vicerroctorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación de la Universidad de Sevilla, podrá efectuar la tramitación de expedientes relacionados con Extranjería, utilizando la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, previo consentimiento del titular interesado como representante legal del extranjero. El solicitante puede elegir realizar la tramitación electrónica personalmente, o bien, utilizar el servicio que ofrece el Programa de Atención a estudiantes Extranjeros, de tramitar los expedientes como representante legal del solicitante. Si decide realizar la tramitación electrónica personalmente, puede empezar el procedimiento accediendo a esta página.
Documentación a aportar:
- Impreso oficial de solicitud (Modelo EX-00)
- Fotocopias de la tarjeta de estancia por estudios e investigación.
- Fotocopia del pasaporte de la página con los datos de identificación, incluido el visado, si lo tuviera.
- Seguro médico, que cubra, durante todo el tiempo de su estancia en España los gastos médicos. (Póliza y recibo de pago). Con cobertura en medicina primaria, ingreso hospitalario y especialidades. La póliza en español o traducción jurada.
- Disposición de medios de subsistencia para el periodo que se solicita. Se podrá presentar un extracto bancario en el que se detallen los movimientos de los últimos seis meses. O bien, declaración jurada de la dependencia económica de alguien que asuma su manutención.
- Documento acreditativo de que ha superado las pruebas o requisitos para la continuidad de sus estudios, o en su caso, un informe de que la investigación desarrollada progresa adecuadamente.
- Fotocopia de la Matrícula de la Universidad de Sevilla.
- Cuando se produzca un traslado de domicilio se deberá aportar un certificado de empadronamiento.
- El ejemplar para la Administración de la TASA abonada en cualquier Entidad Financiera de Sevilla (Modelo 790 Código 052).
NOTA: Los familiares de estudiantes presentarán la misma documentación referida a cada uno y de manera similar a la presentada por el estudiante; además debe ir acompañada de la específica del estudiante.
En caso de cónyuge, además tendrá que aportar un certificado de matrimonio cuya fecha de caducidad no sea superior a los últimos 3 meses.
Si los familiares son hijos, tendrán que aportar el libro de familia.
En relación a la documentación que se debe aportar, deberán mostrarse los documentos originales.
CONSIDERACIONES DE INTERÉS
La cita de huellas podrá cambiarse a través del teléfono 955 569 559 de la Oficina de Extranjería de Sevilla, o el correo electrónico sevilla.oue@policia.es
La documentación aportada deberá venir en castellano según la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo36) e Instrucción DGI/SGRJ/06/2008, sobre aportación de documentos públicos extranjeros para la tramitación de procedimientos en materia de extranjería e inmigración.
Rendimiento académico. Informes del PDI
En cuanto a la valoración del rendimiento académico del alumno con respecto a sus obligaciones como extranjero, derivadas del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, que en su artículo 40 expresa su deber de solicitar la prórroga del permiso de estancia en España, y que, para ello, deberá haber superado las pruebas o exigencias de nivel pertinentes para la continuidad de sus estudios, este Servicio de Atención de la Comunidad Universitaria Extranjera, y tras informe a la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, tendrá en cuenta el aprobado oficial de dos asignaturas, como valor suficiente para la elaboración del correspondiente informe como aprovechamiento académico adecuado, salvo en los casos en los que el historial académico del alumno indique una trayectoria de pocos aprobados por curso. No obstante, la valoración y decisión final de estos casos, la llevará a cabo la Oficina de Extranjeros, estudiando cada caso concreto, previo informe de este Programa de Atención a estudiantes Extranjeros.
- Proceso de actuación para la elaboración de informes acreditativos de méritos del alumnado extranjero con dificultades en el aprovechamiento académico
- Informe sobre alguna parte aprobada de la asignatura o algún trabajo teórico o práctico por el estudiante extranjero
- Informe de asistencia a clase del estudiante extranjero
¿Quieres viajar y tienes tu tarjeta de identificación caducada?
Para viajar a otro país con el NIE caducado debes informarte en el consulado del país que vayas a visitar, cuáles son los requisitos o trámites que debes realizar en tu caso.
Para salir y volver a España, deberás hacerlo con una Autorización de Regreso que previamente hayas obtenido. Para obtener una Autorización de Regreso debes haber iniciado la renovación de tu NIE.
Debes presentar la solicitud de tu renovación, fotocopia del pasaporte y billete de viaje para solicitar la Autorización de Regreso en la Oficina de Extranjeros.
Estudiantes Erasmus de nacionalidad extracomunitaria
Los estudiantes Erasmus de nacionalidad extracomunitaria procedentes de una Universidad europea, siempre que tengan una estancia/residencia legal de estudios en el país donde estudian en origen, pueden entrar en territorio español sin necesidad de solicitar visado. No obstante, para residir legalmente en España durante la estancia, los estudiantes que no hayan solicitado visado de entrada en España deben solicitar inmediatamente su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Esta gestión deberá realizarla en la Oficina de Extranjeros de Sevilla, La documentación a entregar en la Oficina de Extranjeros será la misma de una renovación normal (véase arriba el apartado "Cómo renovarla") añadiendo la credencial o invitación que indique que los estudios a cursar en España forman parte del programa de estudios cursado en la Universidad europea de procedencia.
Permiso de trabajo
Información obtenida de la web del ministerio de Empleo y Seguridad Social
Trabajo por cuenta ajena
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador/a o empresario/a para la contratación de un/a trabajador/a que no se halle ni resida en España.
Trabajo por cuenta propia
Es una autorización de residencia temporal y trabajo a un extranjero no residente en España para la realización de una actividad lucrativa por cuenta propia.
Trabajo por excepción
Es el reconocimiento de la excepción de la autorización de trabajo en la realización de una determinada actividad lucrativa, laboral o profesional por un periodo superior a noventa días.
Autorización de trabajo para estudiantes
Los extranjeros que dispongan de la correspondiente autorización de estancia por estudios, investigación o formación, prácticas no laborales o servicios de voluntariado podrán ser autorizados a realizar actividades laborales en instituciones públicas o entidades privadas cuando el empleador como sujeto legitimado presente la solicitud de autorización de trabajo y se reúnan los requisitos legales oportunos.
Dichas actividades deberán ser compatibles con la realización de aquéllas para las que, con carácter principal, se concedió la autorización de estancia.
En su caso, no será preciso solicitar autorización para aquellas prácticas no laborales en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios para el que se otorgó la autorización de estancia y que se produzcan en el marco de los correspondientes convenios de colaboración entre dichas entidades y el centro docente o científico de que se trate.
La actividad deberá ser a tiempo parcial o, en el supuesto de ser a tiempo completo, su duración no podrá superar los tres meses ni coincidir con los periodos que se realicen los estudios.
Modificación de estudios a trabajo
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia, con excepción de la autorización de trabajo, para investigación o de profesionales altamente cualificados, que solicita un empleador o empresario para la contratación de un trabajador que se halla en España en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
Las solicitudes de modificación de estudios a trabajo, si el empleador o empresario es la Universidad de Sevilla, el Programa de Atención a estudiantes Extranjeros del Vicerroctorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación de la Universidad de Sevilla, podrá efectuar la tramitación de expedientes relacionados con Extranjería, utilizando la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, previo consentimiento del titular interesado como representante legal del extranjero. El solicitante puede elegir realizar la tramitación electrónica personalmente, o bien, utilizar el servicio que ofrece la Unidad de Atención a la Comunidad Universitaria Extranjera, de tramitar los expedientes como representante legal del solicitante. Si decide realizar la tramitación electrónica personalmente, puede empezar el procedimiento accediendo a esta página
Permiso de trabajo a investigadores por la Ley de Emprendedores
La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) se ocupa de la tramitación de las autorizaciones de residencia previstas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización) que facilita la entrada y permanencia en España por razones de interés económico a personal no comunitario de especiales características, como: inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, trabajadores que efectúen movimientos dentro de la misma empresa o grupo de empresas y familiares de los supuestos anteriores.
Las solicitudes de autorizaciones reguladas por esta Ley deben presentarse de forma electrónica, a través de la sede del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- En el caso de autorizaciones para investigadores: la solicitud la deberá presentar la entidad que va a contratar al extranjero. En este caso la Universidad.
- En el caso de autorizaciones como familiar de investigadores puede presentar la solicitud tanto el propio familiar; como la entidad que va a contratar al extranjero del que dependan.
- En el caso de las renovaciones el solicitante será el propio extranjero cuya autorización va a renovar.
- Diligencia del procedimiento
- Presentación de las solicitudes
- Modelo de solicitud
- Tasa